La modificación del Plan General impulsada por el Partido Popular permitirá a los emprendedores abrir nuevos locales, flexibilizando normativa y requisitos

• El documento del PP permitirá eliminar trabas, agilizar la puesta en marcha de nuevos establecimientos, y suprime cláusulas que constituían un problema para el desarrollo de todo tipo de actividades de los sectores económicos en nuestro término municipal.

La modificación del Plan General impulsada por el Partido Popular permitirá a los emprendedores abrir nuevos locales, flexibilizando normativa y requisitos
La modificación del Plan General impulsada por el Partido Popular permitirá a los emprendedores abrir nuevos locales, flexibilizando normativa y requisitos

La modificación del Plan General impulsada por el Partido Popular permitirá a los emprendedores abrir nuevos locales, flexibilizando normativa y requisitos

                

• El documento del PP permitirá eliminar trabas, agilizar la puesta en marcha de nuevos establecimientos, y suprime cláusulas que constituían un problema para el desarrollo de todo tipo de actividades de los sectores económicos en nuestro término municipal.

 

23 julio, 2019.- El Portavoz del PP en el Ayuntamiento de Lorca, Fulgencio Gil, ha informado que en la próxima sesión del Pleno Consistorial se aprobará de forma definitiva la modificación de varios artículos pertenecientes al Tomo II de la normativa del Plan General para su adaptación a la vigente y eliminar incoherencias, una iniciativa impulsada por el Partido Popular. Se trata, en concreto, de varias una batería de normas del mencionado documento para incentivar la creación de nuevos negocios.

 

El Partido Popular siempre ha trabajado en este Ayuntamiento para favorecer el emprendimiento y el desarrollo en general de la actividad económica en todos los sectores de nuestro municipio. Siguiendo esa línea hemos propiciado la modificación del Plan General para actualizarlo con el objetivo de favorecer la implantación de actividades económicas y negocios. Se trata de una apuesta que impulsamos para poner el Urbanismo al servicio de las personas y de los intereses de la ciudad.

Este cambio se pone en marcha en base a los criterios y demandas que han sido trasladadas por parte de diferentes colectivos profesionales, hosteleros y económicos, entre los que podemos destacar Cámara de Comercio, Ceclor, Hostelor y Guadalentín Emprende. Hablamos de un paso adelante decisivo.

Esta modificación constituye un avance del programa de trabajo encomendado al Área de urbanismo en relación a la revisión del Plan General. El primero fue el convenio con la Universidad Politécnica de Cartagena para elaborar los trabajos preparatorios y efectuar un diagnóstico del Plan General vigente. Estamos hablando de un trabajo que permitirá sentar las bases para la futura revisión del Plan General.

Este segundo paso consiste en una modificación propuesta y elaborada por los Servicios técnicos municipales del Área de Urbanismo referente a diversos aspectos normativos, con el objetivo de eliminar trabas de distinta índole que actualmente impiden la implantación de actividades económicas, tratando de contribuir a la estimulación de la economía del municipio y al fomento del empleo.

Vamos a modificar diversos aspectos normativos para eliminar imprecisiones y favorecer la implantación de actividades económicas. Se trata de un documento que ha requerido un intenso trabajo adicional para el equipo técnico de la Concejalía de Urbanismo, que contempla la modernización de las condiciones del uso industrial de venta al por menor, tales como las características generales de los aseos, las ventilaciones, las alturas mínimas y condiciones de los aparatos de climatización. Como principales avances y modificaciones introducidas podemos anticipar las siguientes:

  1. Flexibilización de las características de los aseos mediante la reducción del número con el que se ha de contar en locales de reducidas dimensiones. Se elimina el requisito de disponer de vestíbulo en los aseos. Modificación de las condiciones de ventilación y salida de humos, actualizando las exigencias en consonancia con el Código técnico, y permitiendo la posibilidad de evacuar a fachada en caso de imposibilidad técnica o estructural.
  2. Redefinición del uso industrial compatible con el uso residencial, permitiendo actividades industriales de venta al por menor tales como tintorerías, panaderías y obradores.
  3. Ampliación de la altura permitida por planta en las edificaciones para adaptarla a los requisitos legales de instalaciones derivadas de la aplicación del Código Técnico de la Edificación.
  4. Aumento del número de plantas permitidas en las instalaciones de manipulación hortofrutícola para facilitar que en la planta alta se disponga el almacenaje.
  5. Ampliación de las alturas máximas permitidas por planta para permitir la implantación de todas las instalaciones que requiere la aplicación del código técnico.
  6. Se permitirá implantar aparcamientos en edificio exclusivo y por encima de la planta baja para fomentar e incentivar la dotación de aparcamientos, sobre todo en el centro urbano.
  7. Se considerarán compatibles con el uso residencial las actividades industriales de venta al por menor.

 

Otra de las novedades incluidas en esta reforma se refiere a la modificación de diversos artículos relacionados con las normas de urbanización, con el objetivo de obtener una red viaria y espacios públicos más accesibles, continuar suprimiendo de forma paulatina los tendidos aéreos, además de precisar los requerimientos de infraestructuras en las nuevas edificaciones para favorecer el soterramiento de redes aéreas. La Modificación contempla actualizar 25 artículos recogidos en el Tomo II de su Normativa, siendo objeto la adaptación a la normativa de vigente aplicación, eliminando contradicciones e indeterminaciones detectadas que, a la vista de 15 años desde su entrada en vigor, se ha constatado que estaban imprecisas o insuficientemente redactadas.

Hemos de señalar, además, que se modifican diversos artículos para adaptar su contenido a nuevas normativas de aplicación tales como el Código Técnico de la Edificación, la Orden VIV 561/2010 de 1 de febrero, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior, aprobado por Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre y la Ley 13/2015 Ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, con el objetivo de armonizar preceptos legales y facilitar su aplicación. Asimismo, se actualizan los artículos que regulan los requerimientos luminotécnicos para adecuarlos al alumbrado público con tecnología led.